Informe preliminar de situación del suelo (IPS)

Última actualización: 8 de mayo de 2026

El informe preliminar de situación del suelo (IPS) es el documento inicial que deben presentar los titulares de actividades potencialmente contaminantes del suelo.

Sirve para valorar si puede haberse producido o producirse una contaminación significativa en el suelo donde se desarrolla la actividad.

Qué es y cuándo se elabora

El IPS debe presentarse para cada uno de los suelos en los que se desarrolla una actividad potencialmente contaminante del suelo.

Esta obligación afecta a las actividades incluidas en el anexo I del Real Decreto 9/2005 y también a determinados supuestos recogidos en el artículo 3.2 de esa norma.

El plazo general es inferior a 2 años desde la fecha de la autorización.

Además, el Real Decreto 9/2005 establece que el informe preliminar debe remitirse al órgano competente de la comunidad autónoma en un plazo no superior a dos años.

Contenido mínimo del IPS

El contenido mínimo del IPS se regula en el anexo II del Real Decreto 9/2005.

Ese anexo indica que el informe puede elaborarse a partir de la información ya generada en cumplimiento de la normativa de residuos y sustancias peligrosas y que no implica, por sí mismo, realizar ensayos o análisis específicos.

Datos que debe incluir

Como mínimo, el IPS debe recoger estos apartados:

  1. Datos generales de la actividad, como razón social, ubicación, titularidad, actividad CNAE, superficie, estado de las instalaciones, pavimentación, redes de drenaje y saneamiento o accidentes ocurridos sobre el suelo.

  2. Materias consumidas de carácter peligroso, con su tipo, cantidad anual, estado, forma de presentación, riesgo asociado y almacenamiento.

  3. Productos intermedios o finales de carácter peligroso, con datos equivalentes a los de las materias consumidas.

  4. Residuos o subproductos generados, incluida su denominación, código LER, composición, cantidad, estado, forma de presentación y tipo de gestión.

  5. Información sobre almacenamiento en superficie, depósitos en superficie y depósitos subterráneos.

  6. Descripción de las áreas productivas en las que se desarrollan actividades reguladas por el real decreto.

  7. Actividades históricas potencialmente contaminantes, cuando se conozcan.

Procedimiento de presentación

La presentación del IPS solo puede hacerse por vía telemática a través de la Sede Electrónica de la CAIB.

Para tramitarlo necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve permanente.

Si presentas el informe en nombre de otra persona o entidad, debes adjuntar el modelo de autorización de representación firmado por ambas partes.

El trámite de referencia en la Sede es “Informe de Situación del Suelo (IPS e IS)”.

Qué debes hacer ahora

  1. Comprueba si tu actividad está incluida en el anexo I del Real Decreto 9/2005.
  1. Reúne la información mínima del anexo II y la documentación obligatoria del trámite.
  1. Prepara la foto aérea de situación y el plano croquis de la instalación.
  1. Presenta el IPS por vía telemática en la Sede Electrónica de la CAIB.

Tabla de requisitos

Elemento Qué debes comprobar
Actividad incluida La actividad debe estar incluida en el anexo I del Real Decreto 9/2005 o en los supuestos del artículo 3.2.
Plazo El IPS debe presentarse en un plazo inferior a 2 años desde la fecha de la autorización.
Canal de presentación La presentación solo se hace por vía telemática.
Identificación Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve permanente.
Documentación mínima Debes aportar una foto aérea de situación y un plano croquis de la instalación.

Preguntas frecuentes

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