Prevención del desperdicio alimentario

Última actualización: 28 de mayo de 2026

La Ley 1/2025 establece medidas para prevenir las pérdidas y el desperdicio alimentario en la cadena alimentaria. Afecta a empresas, establecimientos de hostelería y restauración, entidades sociales y otras organizaciones que gestionan alimentos.

Prevenir el desperdicio alimentario reduce el uso innecesario de recursos y evita impactos ambientales asociados a la producción de alimentos, como emisiones, deforestación y contaminación del agua y del suelo.

Según el Informe sobre el desperdicio alimentario en los hogares, en España se desperdició alrededor de 1 millón de toneladas de alimentos y bebidas en el ámbito doméstico, equivalentes a 23,6 kg por persona.

Qué debes hacer ahora

Antes de aplicar medidas concretas, revisa estos tres puntos

  1. Comprueba si tu organización está obligada a disponer de un plan de aplicación.

  2. Revisa si debes formalizar acuerdos para la donación de excedentes alimentarios.

  3. Identifica en qué fase se generan pérdidas o excedentes para aplicar correctamente la jerarquía de prioridades.

Orden de prioridades

La Ley 1/2025 fija un orden de actuación ante posibles situaciones de desperdicio alimentario. Este orden da prioridad al aprovechamiento para consumo humano y, cuando ya no es posible, a otras opciones de valorización.

  1. Transformación en otros productos destinados al consumo humano

  2. Donación o redistribución para consumo humano

  3. Alimentación animal y fabricación de piensos

  4. Uso como subproductos en otras industrias

  5. Reciclaje, preferentemente por compostaje o digestión, cuando ya sea residuo

  6. Valorización energética, si el reciclaje no es posible

Cómo actuar paso a paso

Obligaciones generales

Los agentes de la cadena alimentaria deben aplicar la jerarquía de prioridades en los casos de pérdidas y desperdicio alimentario.

También deben evitar actuaciones que dejen los alimentos en condiciones no aptas para su consumo o valorización. Además, no pueden establecer cláusulas contractuales que impidan expresamente la donación de alimentos.

Plan de aplicación

Muchas organizaciones deben disponer de un plan de aplicación para la prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. Este plan debe explicar cómo se aplicará la jerarquía de prioridades.

Se trata de un documento interno. No debe presentarse a ninguna administración, pero puede solicitarse en el curso de una inspección. Los operadores que actúan en más de una comunidad autónoma pueden cumplir esta obligación mediante un plan integrado conjunto.

Qué debe recoger el plan

  1. Cómo se aplica la jerarquía de prioridades en la organización.

  2. Qué medidas se adoptan para prevenir pérdidas y excedentes.

  3. Cómo se gestionan los alimentos que no se venden o no se consumen.

Acuerdos para donar excedentes

La ley exige promover acuerdos o convenios para donar excedentes alimentarios a entidades sociales, organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.

Estos acuerdos deben incluir las condiciones de recogida, transporte y almacenamiento; los compromisos de las partes; la potestad del agente donante para seleccionar los alimentos; y la posibilidad de rechazo justificado por parte de la entidad receptora.

No deben presentarse a la administración, pero sí conservarse para posibles inspecciones. Si la organización receptora rechaza la donación por un motivo justificado, el agente donante debe aplicar la jerarquía de prioridades y decidir las condiciones de devolución según lo previsto en el convenio.

Exenciones

La ley prevé exenciones para determinados establecimientos y operadores.

Quedan exentos de la obligación de disponer de plan y de promover acuerdos para donar excedentes los establecimientos de 1.300 m² o menos sin venta al público y los establecimientos de venta al público con una superficie útil de exposición y venta de 1.300 m² o menos.

No quedan exentos los conjuntos de establecimientos con un mismo CIF que, en conjunto, superen ese umbral.

Además, quedan exentas de todas las obligaciones anteriores las microempresas, con menos de 10 trabajadores y hasta 2 millones de euros de volumen de negocio o balance anual, y las pequeñas explotaciones agrarias, con menos de 50 trabajadores y hasta 10 millones de euros de volumen de negocio o balance anual.

Si tienes un restaurante, bar, hotel o cafetería

Las empresas de hostelería y restauración deben ofrecer a sus clientes la posibilidad de llevarse, sin coste adicional, los alimentos no consumidos. Esta obligación no se aplica a servicios de buffet libre o similares.

La información debe mostrarse de forma clara y visible, preferentemente en la carta o en el menú.

Según la Ley 8/2019, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears, los envases utilizados para esta finalidad deben ser compostables.

Qué debes revisar en tu establecimiento

  1. Incluir este derecho en la carta o en el menú.

  2. Disponer de envases compostables.

  3. Informar de forma visible al cliente.

  4. Excluir solo los casos de buffet libre o similares.

Si eres una entidad social o una organización sin ánimo de lucro

Las entidades que distribuyen alimentos para donación deben garantizar la trazabilidad de los productos mediante un sistema de registro de entradas y salidas.

Esta obligación no se aplica a las donaciones ocasionales de particulares ni a las organizaciones sociales que reciban ocasionalmente alimentos de donantes privados.

También deben mantener prácticas correctas de higiene y manipulación, garantizar la calidad y la seguridad alimentaria, distribuir sin discriminación y respetar los derechos humanos.

La donación debe destinarse a personas en situación de vulnerabilidad y no puede comercializarse, salvo en el caso de entidades prestadoras de Servicios de Interés Económico General.

Además, estas organizaciones deben fomentar un enfoque comunitario y de cohesión social, vincular la donación a proyectos de inserción sociolaboral cuando corresponda y facilitar la información alimentaria al beneficiario final conforme a la normativa nacional y de la Unión Europea.

Resumen por perfil

Perfil Obligaciones principales
Agentes de la cadena alimentaria Aplicar la jerarquía de prioridades; no impedir la donación por contrato; evitar que los alimentos queden no aptos para consumo o valorización; disponer de plan si aplica; promover acuerdos para donar excedentes si aplica
Hostelería y restauración Permitir que el cliente se lleve la comida no consumida sin coste adicional; informar de forma visible; usar envases compostables en las Illes Balears
Entidades sociales Garantizar trazabilidad; mantener higiene y seguridad alimentaria; distribuir sin discriminación; destinar los alimentos a personas vulnerables; facilitar información alimentaria al beneficiario final

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Te resultó útil esta página?

¿Has quedado con dudas?